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COMENTARIO:
RELACIONA EL DOCUMENTO CON EL CONTEXTO HISTÓRICO EN QUE SE ENMARCA,
ALUDIENDO DE FORMA BREVE A LA SITUACIÓN ESPACIO-TEMPORAL.
· REALIZA EL COMENTARIO DEL CONTENIDO DEL TEXTO, CONFRONTÁNDOLO
CON TUS PROPIOS CONOCIMIENTOS SOBRE EL TEMA.
· CONCLUSIÓN: RESUME LAS IDEAS BÁSICAS Y HAZ ALUSIÓN
A LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS NARRADOS EN EL TEXTO. SIEMPRE DEBE SER
BREVE, EL DOCUMENTO NO PUEDE SERVIRTE DE EXCUSA PARA DESARROLLAR UN TEMA
DESPEGADO DE ÉL.
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a) Etapas del reinado de Fernando VII y características de cada una de ellas
La restauración del absolutismo (1814-1820)
Derrotado Napoleón, Fernando VII regresa a España en marzo de 1814. Los liberales quieren hacerle llegar directamente a Madrid, para que jure la Constitución que el rey se ha comprometido a respetar. Pero Fernando, aconsejado por los absolutistas que ven la ocasión de volver al Antiguo Régimen, decide ir a Valencia. Allí 69 diputados absolutistas le hacen entrega del Manifiesto de los Persas, solicitándole la anulación de todo lo aprobado en Cádiz y la vuelta al Antiguo Régimen. El monarca, muy animado por el apoyo del ejército y el entusiasmo popular con que es acogido (el pueblo le llamaba "El Deseado"), publica el Decreto del 4 de Mayo anulando la obra de las Cortes de Cádiz. Da comienzo una etapa absolutista. Otras medidas inmediatas son: restablecimiento del régimen señorial, de las instituciones antiguas, de la Inquisición, supresión de la prensa libre, etc. Los liberales son detenidos o asesinados y la dura represión obliga a muchos a marchar al exilio por vez primera.
Se produce la vuelta al Antiguo Régimen, en una situación internacional favorable, ya que, una vez derrotado Napoleón, las potencias vencedoras inician la Restauración del absolutismo en Europa, organizando en el Congreso de Viena un nuevo mapa y con la Santa Alianza para defender el absolutismo, con derecho a intervenir en cualquier país para acabar con el liberalismo.
Fernando VII y su gobierno se ven incapaces ante la grave crisis económica del país, destrozado por la guerra, con la agricultura deshecha, caída de precios, enorme déficit público, etc, agravado por la lucha de independencia de las colonias americanas. Fracasa un intento de reformar la Hacienda por la oposición de los privilegiados a pagar impuestos. La incapacidad del gobierno para resolver estos problemas sin acabar con la vieja estructura social genera la quiebra de la monarquía absoluta (J. Fontana).
Empieza a fraguarse una oposición, dirigida por la burguesía liberal que desea un régimen constitucional y con el apoyo de parte del campesinado, molesto por el restablecimiento del régimen señorial. Esta minoría liberal, a través de sociedades secretas como la masonería, protagoniza conspiraciones y pronunciamientos militares. La mayoría de ellos fracasan, faltos de apoyo popular, como los de Espoz y Mina en Pamplona, Porlier en La Coruña y Lacy en Barcelona. Pero el 1 de enero de 1820 triunfa el del coronel Rafael de Riego en Cabezas de San Juan (Sevilla) al sublevar a las tropas concentradas para embarcar hacia América a combatir el movimiento emancipador.
Trienio Liberal (1820-23)
Tras el pronunciamiento de Riego se repone la Constitución de 1812 que Fernando VII se ve obligado a jurar en marzo. Se declara una amnistía, regresando los liberales del exilio. Las Cortes restauran parte de la obra de las Cortes de Cádiz (supresión señoríos, mayorazgos, gremios, desamortizaciones, reforma fiscal, etc.) Quieren realizar una revolución burguesa que liquide el feudalismo en el campo y liberalice el comercio y la industria. Crean la Milicia Nacional, un cuerpo de voluntarios armados, salidos de las clases medias urbanas, para defender las reformas constitucionales. Pero surgen dos problemas:
- La actitud conspiradora del propio monarca, que paraliza con su veto todas las leyes que puede y la formación de partidas realistas de voluntarios absolutistas, con apoyo de la Iglesia, en Cataluña, Navarra, Galicia, que en 1823 llegan a formar una regencia absolutista en la Seo de Urgel. Esta revuelta campesina se explica porque las medidas liberales no significan una mejora para ellos, ya que no hay reparto de tierras ni rebaja de impuestos, e incluso su situación empeora.
- La división de los propios liberales en dos tendencias: moderados (antiguos doceañistas) partidarios de hacer reformas sin enfrentarse ni al rey ni a la nobleza, y los exaltados que quieren acelerar las reformas, apoyados por la Milicia Nacional y por la prensa. La situación está muy agitada y tensa. Los moderados gobiernan hasta 1822 y luego los exaltados.
El rey pide ayuda a la Santa Alianza, que en el Congreso de Verona decide intervenir enviando en 1823 a un ejército francés, los Cien Mil Hijos de San Luis, al mando del duque de Angulema, que no encuentran apenas resistencia. Las Cortes se refugian en Cádiz, pero son vencidas. Fernando VII es repuesto como monarca absoluto. El ejército francés de ocupación permanece cinco años en el país.
La década ominosa (1823-1833)
De nuevo hay una feroz represión contra los liberales, que deben marchar al exilio, refugiándose la mayoría en Gran Bretaña. La Administración y el ejército se depuran. Fernando VII no restablece la Inquisición, pero se crean Juntas de Fe en algunas provincias y un verdadero terror se extiende por el país. Surge un nuevo instrumento de represión: la policía. Los liberales siguen intentando pronunciamientos, pero fracasan, como el de Torrijos en 1831 que muere fusilado.
La pérdida definitiva de las colonias en 1824 agrava la difícil situación de Hacienda. Los problemas económicos fuerzan al rey a tímidas reformas, próximas al Despotismo Ilustrado, para intentar atraerse la colaboración de la burguesía financiera e industrial de Madrid y Barcelona. Estas reformas son mal vistas por los sectores tradicionalistas de la Corte, nobleza y clero. En Cataluña surgen partidas realistas (los Malcontents, realistas puros o ultras que desean el retorno de los fueros tradicionales).
Los tradicionalistas apoyan a D. Carlos Mª Isidro, hermano del rey y probable sucesor, ya que Fernando no tiene hijos. Pero en 1830, la cuarta esposa del rey, Mª Cristina, da a luz una hija, Isabel. Se origina una grave cuestión sucesoria, ya que estaba vigente la Ley Sálica que impedía reinar a las mujeres, de origen francés y que Felipe V había implantado. Fernando VII, influído por su mujer, promulga la Pragmática Sanción, que deroga la Ley Sálica. Se forman dos bandos en la Corte: los partidarios de D. Carlos (absolutistas) no la aceptan, e intrigan para que el rey enfermo reponga la Ley Sálica. Los liberales apoyan a Isabel. Mª Cristina, nombrada regente por la enfermedad de Fernando, se inclina hacia éstos, inicia reformas y decreta una amnistía; regresan 10.000 exiliados. Fernando VII muere en 1833 dejando a su hija Isabel, de tres años de edad, como heredera del trono. D. Carlos no lo acepta y se proclama rey. Se inicia así la primera guerra carlista.
b) Características de la Constitución
Se refiere a la primera Constitución española, la Constitución de 1812 elaborada por los diputados de las Cortes de Cádiz, familiarmente conocida como "la Pepa" por haber sido promulgada el día de San José (19 de marzo de 1812). La mayoría eran liberales, entre los que destacan Muñoz Torrero y Argüelles, por eso refleja la ideología liberal, heredera de la Ilustración. Las Cortes de Cádiz se reunieron mientras el pais estaba en plena Guerra de la Independencia.
La Constitución es muy larga, consta de 384 artículos, agrupados en cuatro títulos. Entre sus principios fundamentales están: la soberanía nacional, Estado nacional unitario con una monarquía limitada y hereditaria ,la división de poderes (el legislativo corresponde a las Cortes, que tienen la iniciativa, con el rey, que posee derecho de veto suspensivo; el ejecutivo al rey y el judicial a los tribunales); se reconocen los derechos fundamentales de los ciudadanos españoles (libertad e igualdad civiles, de propiedad y de libertad de pensamiento e imprenta), aunque se declara que "la religión de la nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera", en una concesión a los absolutistas. Las Cortes son unicamerales y con amplios poderes y el rey no puede suspenderlas ni disolverlas. El sufragio es universal e indirecto; para ser diputado se requiere ser mayor de 25 años y disponer de una renta anual proporcionada (sufragio censitario).
Otros artículos de la Constitución contemplan la unificación de códigos, la reforma de los impuestos, la creación de un ejército nacional y de una enseñanza primaria pública y obligatoria.
Esta Constitución, inspirada en la francesa de 1791 pero más avanzada y progresista, no tuvo apenas vigencia ya que Fernando VII la anuló nada más llegar en 1814. Volvió a reponerse en el Trienio Liberal. Pero su influencia ha sido grande como ejemplo para otras constituciones europeas y americanas, e inspiradora del constitucionalismo español del siglo XIX.
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Antiguo Régimen: estructura sociopolítica que existía en Europa antes de la
Revolución Francesa y que se caracterizaba por una sociedad estamental, con grupos privilegiados (nobleza y clero), una monarquia absoluta y una economia agraria.
Santa Alianza: fué idea del zar de Rusia Alejandro I, que unió en 1815 a los monarcas
absolutistas de Rusia, Austria y Prusia en una alianza para la defensa del cristianismo amenazado por las ideas
revolucionarias. Pero el canciller austriaco Metternich supo utilizarla de un modo más práctico como un instrumento
contra el liberalismo.
Fernando VII: aunque era simpático y llano en el trato, listo y capaz de obrar con habilidad, era bastante inculto y falso. Se rodeó de personas incapaces y mediocres, para que no le
hicieran sombra y gobernó con una camarilla de aduladores y personajes plebeyos de escasa catadura moral.
Pronunciamiento: es un golpe de estado militar, dirigido por un general de prestigio, para tomar el poder por la fuerza. Sucede tras una conspiración en que se traza un plan y
unos fines, dados a conocer al pueblo en un manifiesto, cuando el jefe militar se pronuncia.
Reformas: el ministro López Ballesteros inicia reformas de hacienda
(creación del presupuesto del Estado, Banco de Fomento, Bolsa de Madrid, Código de Comercio.
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